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5 características del acto sexual pleno

Una relación sexual se puede dar de mil maneras. Puede ser entre dos que no se conocen; entre dos que se conocen, pero que no han alcanzado un compromiso estable; entre dos que desean ese compromiso estable, pero que aún no lo han materializado; entre dos casados… ¿Realmente existe diferencia entre unas y otras? ¿Podríamos decir que cualquier relación sexual es un acto pleno?

 

La plenitud de algo se alcanza cuando ese algo da respuesta a lo que verdaderamente está pensado, cuando vive y cumple su finalidad. Una guitarra existe para ser tocada, no para hacer leña al fuego, nuestros ojos existen para poder ver, nuestros pulmones para respirar… ¿para qué existe la genitalidad? ¿Por qué somos hombres o mujeres y por qué tenemos ese deseo tan atrayente de unión? ¿Qué sentido tiene la unión sexual? ¿Cómo alcanzar su plenitud?

 

La relación sexual es una manera muy concreta de vivir el amor entre un hombre y una mujer, que no se queda, o no debería quedar nunca, limitada pobremente a un intercambio de fluidos, ni de placeres, ni siquiera de afectos compartidos. Va mucho más allá, porque somos capaces de encontrar en ella plenitud, grandeza, felicidad; esto sucede cuando ese acto sexual nos llama a la entrega, al compromiso, a la voluntad, donde cuerpo y afectos se involucran.

 

Solo así se encuentra el sentido verdadero de la unión sexual y éste únicamente se puede alcanzar y materializar en el contexto matrimonial, donde nos damos por completo. Por eso no todas las relaciones expresan lo mismo ni son iguales. Y solo podemos considerar como acto sexual pleno por excelencia el acto conyugal.

 

¿Por qué solo en el matrimonio? Porque es el único lugar donde se pueden dar las cinco características del acto sexual completo, todas ellas ligadas íntimamente la una a la otra. Fuera del matrimonio ninguna relación sexual será plena, por mucho que los dos se quieran y se sientan queridos. Incluso dentro del matrimonio, si falta alguna de estas cinco condiciones, el acto realizado no podría calificarse como conyugal:

 

1. Un acto plenamente humano

 

Que experimenta en cuerpo y alma, inseparables, el amor a los demás. Con el cuerpo expresamos lo que viene del alma. Un beso no se lo damos a cualquiera ¿verdad? De la misma forma que cuando el cuerpo es dañado, nos sentimos dañados en todo nuestro ser. En el acto sexual participa no solo el cuerpo, sino también los afectos, la inteligencia y la voluntad. Somos capaces de entender y gestionar nuestras apetencias más carnales. Somos capaces de amar aun cuando el afecto se tambalea. Somos capaces de amar a alguien a pesar de las dificultades que encontremos a lo largo de la vida. Somos capaces de entregarnos a otro para siempre. Nuestro amor no está supeditado a lo que siento o no siento, sino a un querer incondicional, pase lo que pase. Ahí precisamente reside la grandeza del amor conyugal.

 

2. Un acto total

 

Donde la entrega es completa, absoluta, íntegra, en alma y cuerpo. Esto necesariamente incluye la fertilidad, que es parte de la corporalidad humana. Si se trata de prescindir de la fertilidad deja de ser total ¿Te imaginas decir a tu cónyuge, te quiero, pero sin tu nariz? ¿Te quiero sin tus ovarios? ¿Te quiero sin tus espermatozoides? Que sea total implica aceptación y respeto al otro, tal y como es. Por ello, un acto sexual pleno siempre se vive con apertura a la vida. Distinto es que biológicamente no siempre se pueda tener hijos, pero no por ello dejaría de ser total.

 

3. Un acto fiel

 

Sincero, incondicional, leal, honesto. Es un amor que promete fidelidad. ¿Quién no desea ese “para siempre”? Hasta que la muerte nos separe, medias tintas nadie las quiere y terceras personas siempre sobran. En caso de haberlas, no tendría ningún sentido hablar de plenitud.

 

4. Un acto exclusivo

 

Único y personal. Un tú y yo a todos los niveles: cuerpo, corazón, carácter, inteligencia, voluntad, alma.

 

5. Un acto fecundo

 

Que supone riqueza para los cónyuges, fruto de su entrega total y humana. El resultado es un amor colmado, rebosante, triunfante y alegre, siempre que se den las cuatro condiciones anteriores. La fecundidad completa la plenitud de la entrega; pero no pensemos solo en la biológica. Todo acto conyugal puede ser fecundo sin tener porqué dar nueva vida.

 

Sería un error limitar la fecundidad matrimonial al hecho de tener o no hijos, porque entonces quien no pudiera tenerlos por un problema de infertilidad, ¿significaría que su amor es menos pleno? Nada más lejos de eso. Por otro lado, un acto sexual cerrado intencionalmente a la vida sería siempre infecundo e incapaz de expresar el sentido del acto conyugal. Porque no es lo mismo tener una relación en días infecundos, que hacer infecundo el amor.

 

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